Transporte en vehículos de hasta 9 plazas

La Orden TMA/278/2020, de 24 de marzo, por la que se establecen ciertas condiciones a los servicios de movilidad, en orden a la protección de personas, bienes y lugares, regula el uso de vehículos de hasta nueve plazas en los distintos supuestos de desplazamiento conforme está previsto en la normativa vigente mientras esté dure el estado de alarma.

BOE-A-2020-4028

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