Bonificaciones fiscales para trabajadores con contratos fijos discontinuos

Adicionalmente, para apoyar a los trabajadores y a las empresas de los sectores de turismo, comercio y hostelería vinculados a la actividad turística, se amplían las bonificaciones a la Seguridad Social en contratos fijos discontinuos a los meses de febrero a junio de 2020. Así se prolonga el periodo de actividad de las personas trabajadoras con contratos fijos discontinuos por el tiempo necesario para cubrir el hecho causante del COVID-19.

El RDL 15/2020 refuerza la protección de los trabajadores fijos-discontinuos, ampliando la cobertura regulada en el Real Decreto-ley 8/2020 a aquellos trabajadores que no hayan podido reincorporarse a su actividad en las fechas previstas, como consecuencia del COVID-19 y que, o bien disponiendo de periodos de ocupación cotizada suficiente, no cumplen el requisito de situación legal de desempleo, o bien no pueden acceder a la prestación por desempleo por carecer del periodo de cotización necesario para acceder a dicha prestación.

Más información en Servicio Público de Empleo Estatal, SEPE.

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